¿Cuándo prescribe una deuda en España?

Cuando prescribe una deuda en Espana

Es muy común que en algún punto de nuestras vidas hayamos adquirido una deuda con alguna persona o empresa, o en caso contrario, es a nosotros a quien se nos debe dinero por alguna causa.

Muchas personas no saben que las deudas tienen un periodo de prescripción, es decir, un plazo en el cual las mismas dejan de existir. Esto ocurre, según una variedad de factores, según lo establece la ley.

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¿Las deudas son para siempre?

No, las deudas se extinguen de diferentes formas y atendiendo a una serie de parámetros que son establecidos por el Código Civil. Una deuda se considera extinta en diversos supuestos, a saber:

Prescripcion de dudas
  • Cuando se salda la deuda, es decir, cuando el deudor paga completamente la cantidad de dinero que había solicitado en préstamo.
  • Cuando la deuda prescribe. Es decir, cuando ha pasado una determinada cantidad de tiempo, aun cuando el deudor no la haya cancelado.
  • La condonación de la deuda. Una forma poco frecuente de saldar deudas en la que el acreedor perdona la deuda.
  • Insolvencia del deudor, es decir, cuando la persona no tiene la capacidad de hacer frente a pago de la deuda por ningún medio. También se conoce como bancarrota o quiebra.
  • Por compensación. Lo cual ocurre cuando un contribuyente tiene deuda ante la Agencia Tributaria y compensa la misma con el monto que espera como devolución del IRPF.

¿Cuál es el plazo de prescripción de las deudas en España?

Todo va a depender del tipo de compromiso que se haya adquirido y las obligaciones legales asumidas por contrato. En la actualidad, el Código Civil español establece plazos de 5 años para la prescripción de una deuda, siempre que no haya un plazo establecido en el contrato firmado por el deudor.

Plazo de prescripcion de las deudas

No se trata de que las personas tienen carta blanca para endeudarse y no pagar a sus acreedores; la ley se refiere a una serie de casos puntuales en donde no se han establecido plazos de prescripción establecido por las partes y según el tipo de deuda.

  • Cuando se trata de préstamos hipotecarios, las deudas prescriben en un plazo de 20 años. Si la acción hipotecaria no estableció con claridad esto lapso o un término especial, la prescripción de la deuda ocurre a los 15 años.
  • Las deudas con Seguridad Social y Hacienda tienen un plazo de prescripción de 4 años.
  • Toda clase de préstamos no relacionados con hipotecas y que sean concedidos por una institución bancaria, tiene una prescripción de intereses de 5 cinco años. Si la deuda fue adquirida entre noviembre del 2000 a noviembre de 2005, el plazo de prescripción de esa deuda es de 15 años.
  • Las deudas derivadas de pensiones alimenticias, servicios y alquileres de vivienda tienen una prescripción de 5 años.

El acreedor de la deuda tiene este tiempo para tomar acciones judiciales y extrajudiciales correspondientes a cada caso, para solicitar así el pago de los compromisos.

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