La factura electrónica obligatoria ya tiene calendario: cuándo deberán adaptarse empresas y autónomos

Factura electrónica y calendario empresarial

La factura electrónica obligatoria en España ya tiene fechas definitivas de implantación. Tras la aprobación de la Orden HAC/1028/2026, que entró en vigor el 6 de octubre, el Gobierno ha puesto en marcha el calendario que obligará a empresas y autónomos a emitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales. Los primeros deberán adaptarse en octubre de 2027, mientras que el resto tendrá hasta octubre de 2028.

La medida desarrolla la Ley Crea y Crece y pretende modernizar la facturación empresarial, reducir la morosidad y facilitar el seguimiento de los pagos. Su aplicación será progresiva, dependiendo del volumen de operaciones de cada negocio.

Cuándo será obligatoria la factura electrónica para autónomos y empresas

El calendario distingue entre grandes empresas y el resto de profesionales. Las fechas oficiales son las siguientes:

Empresas y profesionalesFecha de obligación
Facturación superior a 8 millones de euros anuales6 de octubre de 2027
Autónomos y empresas que no superen los 8 millones6 de octubre de 2028
Autónomos personas físicas: comunicación de estados de pago6 de octubre de 2029

La última fecha no significa que los autónomos puedan seguir emitiendo facturas tradicionales hasta 2029. Desde octubre de 2028 deberán utilizar la factura electrónica, aunque dispondrán de un año adicional para cumplir determinadas obligaciones de información sobre los pagos.

La normativa se aplicará principalmente a las operaciones comerciales entre empresarios y profesionales establecidos en España. Las facturas dirigidas a consumidores particulares no quedan sometidas a esta obligación general.

Qué deberán cambiar los negocios y en qué se diferencia de VeriFactu

Las empresas y autónomos afectados tendrán que utilizar un sistema capaz de emitir, enviar y recibir facturas electrónicas en un formato estructurado, que permita su tratamiento automático.

Para facilitar la adaptación, Hacienda contempla una solución pública gratuita de facturación electrónica, aunque también podrán utilizarse plataformas privadas compatibles con los requisitos establecidos.

La nueva normativa introduce además mecanismos para comunicar el estado de las facturas y determinados datos sobre su pago.

Conviene diferenciar esta obligación de VeriFactu, ya que son sistemas distintos:

  • Factura electrónica obligatoria: regula el intercambio de facturas entre empresas y profesionales.
  • VeriFactu: establece requisitos para los programas informáticos de facturación, especialmente en materia de integridad, conservación y trazabilidad de los registros.

Por tanto, disponer de un programa adaptado a VeriFactu no garantiza que también cumpla todas las exigencias de la factura electrónica obligatoria.

Los negocios deberán comprobar si sus herramientas actuales permiten generar facturas estructuradas y comunicarse con las plataformas autorizadas.

El calendario ya está en marcha y no se trata de una obligación inmediata para todos. Las grandes empresas disponen de menos de un año para adaptarse, mientras que autónomos y pequeños negocios cuentan con un plazo mayor. Anticipar los cambios permitirá evitar problemas cuando la facturación electrónica pase a ser un requisito habitual en las relaciones comerciales entre profesionales.

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